Se convoca la constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as para las Escuelas Deportivas Municipales, en las especialidades deportivas de Ajedrez, Atletismo, Balonmano, Baloncesto, Orientación, Patinaje, Fútbol, Fútbol Sala, Tenis, Pádel, Tiro con arco, otros deportes de raqueta, Pre-deporte, Pre-Benjamín, Gimnasia de espalda, de embarazadas y post parto.

La contratación queda supeditada al número de alumnos que se establezca en el programa de actividades deportivas, como número mínimo necesario para la organización de la correspondiente escuela deportiva.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 23 de septiembre de 2021 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

b) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

c) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

e) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

f) Estar en posesión, como mínimo, del título de monitor relacionado con la especialidad a la que se opta, o título de Animador de Actividades Deportivas en Edad Escolar, o TAFAD, o Diplomado en Educación Física o Licenciado o Graduado en Ciencias del Deporte expedido por organismos oficiales, Universidades, Federaciones y Colegios Profesionales. En el caso de no poseer ninguna de las titulaciones anteriores, se podrá acceder aportando a dicha convocatoria, 2 temporadas como monitor en la especialidad de la plaza a la que se opte. Para las especialidades de Gimnasia de Espalda, Embarazadas, Mayores y Pre-Deporte, se deberá estar en posesión de la formación específica y adecuada que acredite su cualificación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la Administración competente en la materia.

g) Abono de la tasa correspondiente.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


A la instancia, se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del título de monitor de la especialidad deportiva o documentación laboral acreditativa de la experiencia mínima de 2 temporadas de la especialidad deportiva a la que se opta.

c) Copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables según el Anexo I. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral.

d) Vida Laboral actualizada o justificante de la Tesorería General de la Seguridad Social de no haber trabajado en su caso.

e) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

f) Justificante abono de la tasa. El importe de los derechos por participación en el proceso selectivo es de 15,00 euros según la ordenanza fiscal de aplicación, y se deberá ingresar en la cuenta municipal de Eurocaja Rural n.º ES51 3081 0092 98 1100336526. La falta de pago en tiempo y forma de los derechos de participación supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo, no siendo subsanable. Los derechos de examen serán devueltos, únicamente, previa petición del interesado/a en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el caso de ser excluidos del proceso selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo. El pago de los derechos en la entidad financiera no eximirá de la obligación de presentar en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo. Estarán exentos de la liquidación de esta tasa todos aquellos solicitantes que se encuentren inscritos como demandantes de empleo con fecha anterior a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Esta situación deberá justificarse aportando la tarjeta de demandante de empleo en el momento de presentar la solicitud.

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documento pdf Anuncio BOP – CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS PARA LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES, MEDIANTE SELECCIÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO, COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS
documento pdf CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS PARA LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES, MEDIANTE SELECCIÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO, COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS.
documento pdf Anexo I
documento pdf Solicitud de admisión- Anexo II
documento pdf Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as en la convocatoria de constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as de Escuelas Deportivas
Nota: plazo para subsanaciones hasta el 12 de noviembre de 2021
documento pdf Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as en la convocatoria de constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as para Escuelas Deportivas
documento pdf Anuncio Tribunal Calificador: baremación de méritos presentados
documento pdf Anuncio Tribunal Calificador: baremación de méritos definitiva y creación de bolsa de trabajo
documento pdf Decreto aprobación formación bolsa de trabajo

Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la provisión de una plaza de personal laboral fijo, albañil, oficial de primera, que se incluye en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2019 en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de 16 de Octubre de 2019, nº 205, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo nº 190 de 7 de octubre de 2019, cuyas características son las que se contemplan en la relación de puestos de trabajo vigente.

Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

A efectos de publicidad de los actos de desarrollo del proceso selectivo, además de los lugares previstos específicamente en las bases de la convocatoria, tendrá la consideración de sede electrónica la página web del Ayuntamiento (www.madridejos.es), así como en el Tablón de Anuncios municipal y en la sede electrónica: https://sede.madridejos.es/

La plaza referida está adscrita al Servicio de Obras y Vías Públicas (11.1) de la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Madridejos, siendo las tareas que tiene encomendadas las siguientes que figuran en su ficha, y en general, cualquiera otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada por la Alcaldía o por delegación de la misma en relación con el puesto de trabajo a realizar.


El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y personas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1. del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de Graduado en ESO, EGB o equivalente, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

f) Estar en posesión del permiso o carnet de conducir clase B.

Acceso de personas con discapacidad. Las personas con discapacidad que se presenten a este proceso selectivo gozarán de iguales condiciones para la realización de las pruebas que el resto de los aspirantes. Para ello deberán indicar, en los recuadros destinados al efecto en la solicitud, el grado de discapacidad que tienen reconocido y si requieren la adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas de aptitud.

Para la concesión de las señaladas adaptaciones serán requisitos:

1) Que junto a la instancia de participación se presente dictamen técnico facultativo o documento equivalente que exprese y acredite las características de la limitación emitido por la correspondiente Administración Pública.

2) Que, además, en la casilla denominada “Adaptación que solicita en caso de discapacidad” se especifique el tipo de adaptación que se precisa (tiempo o medios) y, en el caso en que se solicite la adaptación de medios, se detalle la adaptación solicitada. Las adaptaciones de tiempo y/o medios se acordarán por el Tribunal calificador, publicándose en los lugares previstos en la base novena, con una antelación mínima de diez días hábiles a la fecha de realización de las pruebas.

Cuando se requiera adaptación de tiempo, el Tribunal calificador resolverá sobre la procedencia y concreción de la adaptación, conforme al baremo aprobado por Orden del Ministerio de Presidencia 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


  • Fotocopia DNI y del carnet de conducir.
  • Fotocopia del título de Graduado en ESO, EGB o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes al específicamente señalado habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Asimismo, quien se encuentre en condiciones de obtener el título antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para su expedición.
  • Justificante de ingreso de la cantidad de derechos de examen en la entidad bancaria que se indica o certificación de exención de ingreso de dichos derechos de examen.
  • Documentación acreditativa para valorar en la fase de concurso:
  • Para los méritos profesionales: Contratos de trabajo, certificados de empresa, nóminas, certificados de vida laboral actualizados, alta en el epígrafe correspondiente del IAE, etc. que los acrediten.

Certificación de la experiencia laboral expedido por el órgano competente, en caso de servicios prestados como funcionario de carrera, interino o personal laboral en la Administración Pública correspondiente donde conste detalladamente el tiempo, jornada y categoría profesional, o en su defecto contratos de trabajo y, en su caso, prórrogas.

En todo caso, deberá acompañarse de un informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Experiencia sector privado: contratos de trabajo o certificado de empresa, acompañado, asimismo por informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

En el caso de autónomos documentación acreditativa de haber estado dado de alta en el epígrafe correspondiente de actividades económicas junto con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Para la formación: Títulos de formación reglada, certificados de cursos, jornadas y talleres donde se especifique número de horas de la formación recibida y contenido.

Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos a que hace alusión este apartado no se valorarán ni serán tenidos en cuenta por el Tribunal de selección. No será necesario compulsar las fotocopias siempre que se acompañe a la solicitud declaración jurada de que las mismas son fiel reflejo de los documentos originales (Esta declaración se entenderá satisfecha por el mero hecho de firmar la instancia modelo), no obstante, tanto el Tribunal de selección en cualquier momento del proceso, como el Ayuntamiento, a la terminación del mismo, podrá requerir de los candidatos los originales de los documentos presentados.

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documento pdf BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN Y PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UN PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, ALBAÑIL, OFICIAL DE PRIMERA
documento pdf Anuncio BOP – BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN Y PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UN PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, ALBAÑIL, OFICIAL DE PRIMERA
documento pdf ANEXO I – SOLICITUD ADMISIÓN
documento pdf ANEXO II – TEMARIO

documento pdf Anuncio BOE plaza de Oficial de Primera Albañil, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre
Plazo de presentación de instancias: hasta el 13 de octubre de 2021
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Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as
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Lista definitiva de admitidos/as y excluidos, nombramiento de tribunal y fecha del 1er ejercicio
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Plantilla correctora provisional 1er ejercicio
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Plantilla correctora definitiva 1er ejercicio y fecha examen 2 ejercicio
documento pdf Plantilla correctora provisional 2º ejercicio
documento pdf Plantilla correctora definitiva 2º ejercicio y calificaciones
documento pdf Alegaciones presentadas al 2º ejercicio
documento pdf Anuncio resolución alegaciones para seleccion y provision plaza en propiedad de personal laboral fijo, albañil, oficial de primera
documento pdf Baremación provisional de méritos presentados por los aspirantes para seleccion y provisión plaza en propiedad de personal laboral fijo, albañil, oficial de primera
documento pdf Calificaciones finales, propuesta de contratación y creación de bolsa de trabajo
documento pdf Anuncio creación bolsa de trabajo personal laboral fijo, albañil, oficial de primera
documento pdf Anuncio BOP contratación personal laboral fijo, jornada completa, albañil, oficial de primera

Constituye el objeto de la presente convocatoria la selección, junto con la oferta genérica realizada al Servicio de Empleo Público, de 60 trabajadores en el marco de las subvenciones a entidades locales para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo y con los recursos REACT-UE, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19 regulado por la Orden 64/2021 de 11/05/2021 para llevar a cabo el Proyecto: “ Mantenimiento y Conservación de Infraestructuras Viarias e Instalaciones de Servicios Publico” El Fondo Social Europeo cofinancia esta Orden, promoviendo una mejora del acceso al mercado de trabajo por parte de los demandantes de empleo, incluidos los parados de larga duración, así como de las personas alejadas del mercado de trabajo, por medio de la adquisición de la experiencia profesional, incluidas las iniciativas locales de empleo. También promueve la lucha contra la pobreza mediante la mejora de la inserción socio laboral de las personas en riesgo de exclusión social, a través de medidas que supongan un incremento de la contratación.

Por ello, esta acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través de los distinto ejes de este programa, en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma.


Plazo de presentación de solicitudes: desde el día 12 de agosto de 2021 hasta el día el día 25 de agosto 2021


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos:

a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, en la fecha del registro de la oferta, que hayan permanecido inscritos al menos 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de estos grupos:
1. Demandantes de empleo no ocupados, entre 30 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
2. Demandantes de empleo no ocupados, menores de 30 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el programa o cuando hayan sido priorizados por las oficinas de empleo.
3. Demandantes de empleo no ocupados, entre 30 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
4. Demandantes de empleo no ocupados que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado; y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
b) Demandantes de empleo no ocupados inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, en la fecha del registro de la oferta, que hayan perdido sus trabajos como consecuencia de la crisis provocada por la COVID-19, a partir de la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
c) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
d) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo, en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación. El 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, deberá realizarse con mujeres víctimas de violencia de género, salvo que no exista un número suficiente de este colectivo, para alcanzar dicho porcentaje.

Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las solicitudes para participar en el proceso selectivo se presentarán, según en el modelo que aparece como ANEXO I

Junto a la instancia deberá aportarse la documentación que se relaciona en la misma, sin perjuicio de la documentación complementaria/aclaratoria que pueda requerirse por parte del Ayuntamiento.

Toda la documentación deberá estar en español y en caso de no estar en español deberá estar traducida por un organismo oficial.

Es obligación de la persona participante aportar la documentación e información que se le requiera en tiempo y forma.

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documento pdf CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL, COFINANCIADA POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO, FONDO SOCIAL EUROPEO, CON LOS RECURSOS REACT-UE Y EL AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS (CONFORME A LA ORDEN 64/2021, DE 11 DE MAYO DE LA CONSEJERÍA, ECONOMIA, EMPRESAS Y EMPLEO).
documento pdf ANEXO I – SOLICITUD ADMISIÓN SELECCIÓN DEL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO DE CASTILLA-LA MANCHA 2021, REGULADO POR ORDEN 64/2021, DE 11 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO
documento pdf ANEXO II – INFORMACIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL BAREMO DE SELECCIÓN

documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as
Nota: Plazo para subsanar errores hasta el 5 de noviembre 2021
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as y nombramiento tribunal calificador
documento pdf Listado baremado de personas aspirantes a los contratos que se realizarán, ordenadas por DNI/NIE
documento pdf Listado definitivo de personas aspirantes a los contratos que se realizarán, ordenadas por baremo
documento pdf Resolución convocatoria para contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social

plan empleo CLM

El objeto de la presente convocatoria es la preselección de aspirantes para la contratación temporal de un/a INFORMADOR/A Y/O ANIMADOR/A TURÍSTICO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS y la creación de una bolsa de trabajo, que atienda las necesidades temporales para futuras contrataciones y otras contingencias, como bajas por enfermedad, bajas de maternidad, vacaciones, sustituciones, días de asuntos propios, etc., y situaciones de interinidad, de conformidad con el artículo 48.7 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Una vez preseleccionados los candidatos por el Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha, el proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en ellas será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el resto de normativa vigente en la materia.

Las contrataciones quedarán sujetas a la normativa de incompatibilidades prevista para los empleados públicos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de julio de 2021 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las personas aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.
b) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.
d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.
e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.
g) Estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: título de Bachillerato o equivalente o en condiciones de obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.

Acceso de personas con discapacidad. Las personas con discapacidad que se presenten a este proceso selectivo gozarán de iguales condiciones para la realización de las pruebas que el resto de los aspirantes. Para ello deberán indicar, en los recuadros destinados al efecto en la solicitud, el grado de discapacidad que tienen reconocido y si requieren y fuera necesario la adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas de aptitud.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


A la instancia, se adjuntarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Fotocopia del título exigido en el artículo 3.g).
c) Documentación acreditativa de los méritos a valorar (experiencia y, cursos de formación y especialización).

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documento pdf Bases reguladoras informador/a y/o animador/a turístico
documento pdf Solicitud admisión
documento pdf Lista provisional contratación temporal y constitución de una bolsa de trabajo de informador/a y/o animador/a turístico
documento pdf Lista definitiva contratación temporal y constitución de una bolsa de trabajo de informador/a y/o animador/a turístico
documento pdf Resultado de la baremación de méritos de los aspirantes
documento pdf Resolución de alegaciones presentadas y baremación definitiva obtenida por los aspirantes
documento pdf Resolución de contratación y formación de bolsa de trabajo

Es objeto de la presente convocatoria pública la regulación del régimen que ha de regir la selección y contratación del personal necesario para la cobertura de una plaza de PERSONAL LABORAL, OFICIAL DE SEGUNDA PARA SERVICIOS MÚLTIPLES, adscrita al Área de SERVICIO DE OBRAS Y VIAS PÚBLICAS, por el sistema de CONCURSO DE MÉRITOS, mediante la modalidad laboral de contrato de relevo, de conformidad con la jubilación parcial a aprobar al titular de la plaza que por este acto se convoca.

Esta plaza pertenece a la plantilla de personal laboral fijo de esta Corporación y está dotada de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica en la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Madridejos, siendo las tareas que tiene encomendadas la que figuran en su ficha, y en general, cualquiera otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada por la Alcaldía o por delegación de la misma en relación con el puesto de trabajo a realizar.

Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 23 de julio de 2021 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para tomar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y personas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1. del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de Graduado en ESO, EGB o equivalente, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

f) Estar en posesión del permiso o carnet de conducir clase B.

g) Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Deberán aportar certificación de discapacidad expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

h) Encontrarse en situación de desempleo, por cuenta propia o ajena, (art. 12.7.a Estatuto de los trabajadores), inscrito/a en una Oficina de empleo, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y, en su caso, mantenerlos hasta la formalización del contrato de relevo.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


  • La solicitud se acompañará de lo siguiente:
  • Fotocopia DNI y del Canet de conducir.
  • Fotocopia del título de Graduado en ESO, EGB o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes al específicamente señalado habrán de citar la disposición legal en que se reconozca talequivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Asimismo, quien se encuentre en condiciones de obtener el título antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para su expedición.
  • Justificante de ingreso de la cantidad de derechos de examen en la entidad bancaria que se indica o certificación de exención de ingreso de dichos derechos de examen.
  • Documentación acreditativa para valorar en la fase de concurso:
    • Para los méritos profesionales: Contratos de trabajo, certificados de empresa, nóminas, certificados de vida laboral actualizados, alta en el epígrafe correspondiente del IAE, etc. que los acrediten.
    • Certificación de la experiencia laboral expedido por el órgano competente, en caso de servicios prestados como funcionario de carrera, interino o personal laboral en la Administración Pública correspondiente donde conste detalladamente el tiempo, jornada y categoría profesional, o en su defecto contratos de trabajo y, en su caso, prórrogas.
    • En todo caso, deberá acompañarse de un informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
    • Experiencia sector privado: contratos de trabajo o certificado de empresa, acompañado, asimismo por informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
    • En el caso de autónomos documentación acreditativa de haber estado dado de alta en el epígrafe correspondiente de actividades económicas junto con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
    • La experiencia laboral en el Ayuntamiento de Madridejos, no será necesaria acreditarla, el Servicio de Personal del Ayuntamiento aportará el correspondiente informe.
  • Para la formación: Títulos de formación reglada, certificados de cursos, jornadas y talleres donde se especifique número de horas de la formación recibida y contenido.

Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos a que hace alusión este apartado no se valorarán ni serán tenidos en cuenta por el Tribunal de selección. No será necesario compulsar las fotocopias siempre que se acompañe a la solicitud declaración jurada de que las mismas son fiel reflejo de los documentos originales (Esta declaración se entenderá satisfecha por el mero hecho de firmar la instancia modelo), no obstante, tanto el Tribunal de selección en cualquier momento del proceso, como el Ayuntamiento, a la terminación del mismo, podrá requerir de los candidatos los originales de los documentos presentados.

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documento pdf Anuncio BOP bases reguladoras
documento pdf Solicitud admisión
documento pdf Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as al proceso de selección
documento pdf Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as al proceso de selección
documento pdf Lista de baremación de méritos de los aspirantes
documento pdf Desestimación alegaciones y lista de baremación de méritos definitiva
documento pdf Contratación temporal de oficial de segunda de servicios múltiples y formación de bolsa de trabajo

Es objeto de la presente convocatoria la apertura del plazo para presentar proyectos docentes para el período 2021/2022 para la Universidad Popular de Madridejos, para desarrollar los cursos, talleres y monográficos, que se llevarán a cabo siempre y cuando haya un mínimo de participantes que acuerde el Ayuntamiento de Madridejos y la Universidad Popular, salvo que, por razones de interés público y social, aconsejen otra cosa.

Estos proyectos estarán incluidos en las aulas de: nuevas tecnologías, audiovisuales, educación, artesanía, tradiciones y oficios manuales, artes plásticas, expresión corporal y artística y cultura local y regional.

No podrán presentarse aquellos proyectos que se estén desarrollando en otros servicios municipales (patronato de deportes, escuela de música y danza, escuela municipal de idiomas, aula infantil…etc.).

La duración del contrato laboral temporal se extenderá desde el inicio de las actividades de la Universidad Popular hasta la finalización de los correspondientes cursos, siendo la jornada a tiempo parcial (según la programación de los proyectos docentes de la Universidad Popular).

La fecha y los horarios concretos en los que se impartirá cada materia serán comunicados por la concejalía de Cultura y Servicios sociales, a través de la Coordinadora de la Universidad Popular en el momento que sean fijados de acuerdo con las necesidades del servicio público.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el resto de la normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 15 de julio de 2021 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para tomar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y personas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1. del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación mínima para la impartición de los cursos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

f) Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Deberán aportar certificación de discapacidad expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


A la instancia, se adjuntarán los siguientes documentos:

Fotocopia DNI.

Fotocopia del título académico exigido. Los/as aspirantes que aleguen estudios equivalentes al específicamente señalado habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Asimismo, quien se encuentre en condiciones de obtener el título antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para su expedición.

Currículum Vitae.

Proyecto del curso, según el modelo establecido en el Anexo II. Cada solicitante podrá presentar uno o más proyectos por solicitud.

Méritos a valorar en la fase de valoración de méritos.

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documento pdf BASES REGULADORAS 2021/2022
documento pdf Anexo I – MODELO DE SOLICITUD DE PROYECTOS PARA EL CURSO 2021/2022 DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS
documento pdf Anexo II – MODELO DE PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS
documento pdf Anexo III – méritos
documento pdf Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as que han presentado proyectos docentes para el período 2021/2022 para la Universidad Popular de Madridejos
documento pdf Lista definitiva admitidos/as y excluidos/as que han presentado proyectos docentes para el período 2021/2022 para la Universidad Popular de Madridejos
documento pdf Proyectos docentes APTOS para el período 2021/2022 para la Universidad Popular de Madridejos
documento pdf Relación de proyectos y aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador

Es objeto de la presente convocatoria la apertura del plazo para presentar proyectos docentes del taller de “inglés para viajar” para el período 2020/2021 en la Universidad Popular de Madridejos, que se llevará a cabo siempre y cuando haya un mínimo de participantes que acuerde el Ayuntamiento de Madridejos y la Universidad Popular, salvo que, por razones de interés público y social, aconsejen otra cosa.

La duración del contrato se extenderá desde el inicio de la actividad de la Universidad Popular hasta la finalización de los cursos, siendo la jornada a tiempo parcial (según la programación de los proyectos docentes de la Universidad Popular).

La fecha y los horarios concretos en los que se impartirá cada materia serán comunicados por la Concejalía de Educación y Cultura, a través de la Coordinadora de la Universidad Popular en el momento que sean fijados de acuerdo con las necesidades del servicio público.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el resto de la normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 21 de enero de 2021 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.
b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.
d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.
e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.
g) Los/as aspirantes deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes:
• Título de grado en estudios ingleses.
• Grado en lenguas y literaturas modernas.
• Grado en Maestro (mención inglés).
• Diplomado en magisterio o profesorado de EGB (especialidad inglés).

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


A la instancia, se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.
b) Currículum Vitae.
c) Proyecto del curso, según el modelo establecido en el Anexo II.
d) Informe de vida laboral.
e) Fotocopia compulsada de la titulación y/o certificados que acrediten estar en posesión de la titulación mínima requerida.
f) Documentación que acredite los méritos alegados a valorar.

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documento pdf BASES REGULADORAS 2020/2021 – Inglés para viajar
documento pdf Anexo I – MODELO DE SOLICITUD DE PROYECTOS PARA EL CURSO 2020/2021 DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS. TALLER DE “INGLÉS PARA VIAJAR”
documento pdf Anexo II – MODELO DE PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS – TALLER DE “INGLÉS PARA VIAJAR”
documento pdf Anexo III – TALLER DE “INGLÉS PARA VIAJAR”
documento pdf Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Constitución bolsa de trabajo de monitores Universidad Popular. Especialidad: «Inglés para viajar»

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo que atienda las necesidades temporales como bajas por enfermedad, bajas de maternidad, vacaciones, sustituciones, días de asuntos propios, etc., y situaciones de interinidad del servicio municipal de Ayuda a Domicilio (SAD) mediante el procedimiento de concurso para cubrir las necesidades urgentes de contratación.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en ellas será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el resto de normativa vigente en la materia.

Las contrataciones quedarán sujetas a la normativa de incompatibilidades prevista para los empleados públicos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Plazo de presentación de solicitudes: del 16 de noviembre al 4 de diciembre de 2020 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las personas aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones:
• El Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería establecido por el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril, o los títulos equivalentes de Técnico Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería que se establecen en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril.
• El Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre, o el título equivalente de Técnico de Atención Sociosanitaria, establecido por el entonces Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo.
• Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio o de auxiliar de ayuda a domicilio, regulado según RD 1379/2008.
• Habilitación excepcional prevista en el artículo tercero punto 1 de la Orden de 25 de noviembre de 2015, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden de 18 de junio de 2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha, la Orden de 21 de mayo de 2001, por la que se regulan las condiciones mínimas de los centros destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha, y se convoca procedimiento de habilitación excepcional para determinados perfiles de auxiliares de ayuda a domicilio, gerocultores y cuidados de centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia (DOCM número 235, de 1 de diciembre de 2015).

h) Abono de los derechos por participación en el proceso selectivo, que es de 7,00 euros según la ordenanza fiscal de aplicación, y se deberá ingresar en la cuenta municipal de Eurocaja Rural n.º ES51 3081 0092 98 1100336526. La falta de pago en tiempo y forma de los derechos de participación supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo, no siendo subsanable.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en el artículo 3.g).

c) Documentación acreditativa de los méritos a valorar (experiencia y, cursos de formación y especialización).

d) Acreditación del abono de la tasa.

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documento pdf Anuncio BOP bases reguladoras
documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud (Anexo I)
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as SAD
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as SAD
documento pdf Relación definitiva baremada de aspirantes bolsa de trabajo del SAD
documento pdf Relación definitiva baremada (tras la resolución de alegaciones) de los aspirantes a auxiliar del SAD
documento pdf Formación de una bolsa de trabajo de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo que atienda las necesidades temporales como bajas por enfermedad, bajas de maternidad, vacaciones, sustituciones, días de asuntos propios, etc., y situaciones de interinidad de auxiliares del servicio de estancias diurnas del Centro de Día del Ayuntamiento de Madridejos (SED) mediante el procedimiento de concurso para cubrir las necesidades urgentes de contratación.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en ellas será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado,

la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el resto de normativa vigente en la materia.

Las contrataciones quedarán sujetas a la normativa de incompatibilidades prevista para los empleados públicos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Plazo de presentación de solicitudes: del 16 de noviembre al 4 de diciembre de 2020 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las personas aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Los/as aspirantes a la bolsa de Auxiliar del SED deberán acreditar la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas Dependientes en Instituciones Sociales, establecida por el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre de 2007, según se determine en la normativa que la desarrolla o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. A tal efecto, se considerarán los siguientes títulos y certificados:
• El Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería establecido por el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril, o los títulos equivalentes de Técnico Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería que se establecen en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril.
• El Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre, o el título equivalente de Técnico de Atención Sociosanitaria, establecido por el entonces Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo.
• El Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, regulado por el Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto.

h) Abono de los derechos por participación en el proceso selectivo, que es de 7,00 euros según la ordenanza fiscal de aplicación, y se deberá ingresar en la cuenta municipal de Eurocaja Rural n.º ES51 3081 0092 98 1100336526. La falta de pago en tiempo y forma de los derechos de participación supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo, no siendo subsanable.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en el artículo 3.g).

c) Documentación acreditativa de los méritos a valorar (experiencia y, cursos de formación y especialización).

d) Acreditación del abono de la tasa.

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documento pdf Anuncio BOP convocatoria y bases reguladoras
documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud (Anexo I)
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as SED
documento pdf Corrección de errores: SAD ⇒ SED
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as SED
documento pdf Relación definitiva baremada de aspirantes bolsa de trabajo del SED
documento pdf Formación de una bolsa de trabajo de auxiliares del Servicio de Estancias Diurnas (SED)

Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso, para la constitución de una bolsa de trabajo para futuras contrataciones en función de las vacantes, ausencias, enfermedad, necesidades y programación de la Escuela Municipal de Música y Danza en las especialidades de profesor/a de FUNKY o HIP HOP, BAILES LATINOS, MUSICA Y MOVIMIENTO, LENGUAJE MUSICAL, FLAUTA TRAVESERA, CLARINETE, SAXOFÓN, VIOLONCHELO, TROMPETA, TROMBÓN, PERCUSIÓN y PIANO.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 26 de noviembre de 2020 (inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Quienes deseen participar en el procedimiento de selección convocado deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de las titulaciones o requisitos que a continuación se indican, o encontrarse en situación de obtenerlas antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
• Título Grado Medio LOGSE / Plan 1966 de la especialidad a la que opte, o leyes posteriores que lo igualen.
• Para los/as aspirantes de la especialidad de Música y movimiento, tener Título Grado Medio LOGSE / Plan 1966 de alguna especialidad, o leyes posteriores que lo igualen y o tener Título de magisterio musical.
• Para los/as aspirantes de la especialidad de Lenguaje musical, tener Título Grado Medio LOGSE / Plan 1966 de alguna especialidad, o leyes posteriores que lo igualen.
• Para los/as aspirantes de la especialidad de Danza Clásica, estar en posesión del Título Profesional de Danza (Grado Medio) en cualquiera de sus especialidades, o equivalente anterior a la implantación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
• Para los/as aspirantes de la especialidad de Funky o Hip hop, estar en posesión de títulos de cursos específicos o acreditación de formación recibida en Escuelas de Música y Danza relacionados con Funky o Hip hop. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.
• Para los/as aspirantes de la especialidad de Bailes Latinos, estar en posesión de títulos de cursos específicos o acreditación de formación recibida en Escuelas de Música y Danza relacionados con Bailes Latinos. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.

h) Para los aspirantes a las especialidades de Funky y Bailes Latinos, estar en posesión del título de graduado en ESO.

i) Abono de los derechos por participación en el proceso selectivo, que es de 10,00 euros según la ordenanza fiscal de  plicación, y se deberá ingresar en la cuenta municipal de Eurocaja Rural n.º ES51 3081 0092 98 1100336526. La falta de pago en tiempo y forma de los derechos de participación supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo, no siendo subsanable.

Acceso de personas con discapacidad. Las personas con discapacidad que se presenten a este proceso selectivo gozarán de iguales condiciones para la realización de las pruebas que el resto de los aspirantes.
Para ello deberán indicar, en los recuadros destinados al efecto en la solicitud, el grado de discapacidad que tienen reconocido y si requieren la adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas de aptitud.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base cuarta, apartado g y h).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia compulsada de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, la experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral actualizada. Cuando se trate de servicios prestados en otras Administraciones Públicas las personas participantes deberán acreditarlos mediante el correspondiente certificado o acreditación expedida por el órgano competente en materia de personal de la Administración de que se trate, en el que consten los periodos temporales y la categoría profesional de los puestos desempeñados. Originales o fotocopias debidamente compulsadas. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos no será necesario acreditarlos; será el propio servicio de personal quien aportará el correspondiente informe/certificado, debiendo el candidato exponerlo en su solicitud.

e) Acreditación del abono de la tasa.

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documento pdf BASES REGULADORAS FORMACIÓN BOLSA DE TRABAJO ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA
documento pdf Anuncio BOP bases reguladoras bolsa de trabajo Escuela de Música y Danza
documento pdf Solicitud de admisión
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Resultado del acta del tribunal de las pruebas selectivas
Nota: Plazo de alegaciones hasta el 13 de septiembre de 2021
documento pdf Formación de bolsa de trabajo