Esta semana la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de la Junta Castilla-La Mancha, a través de sus técnicos ha realizado una revisión de las cajas nido de Cernícalo Primilla, que hace 2 años se instalaron en el cementerio de Madridejos.

Desde el Ayuntamiento de Madridejos, a través de su Oficina Verde, se quiere poner en valor el fomento y mantenimiento de la biodiversidad de la zona, destacando esta acción trabaja en la línea de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS), impulsado por las Naciones Unidas. En concreto la iniciativa se centra en el objetivo 15: Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras, detener la pérdida de biodiversidad.

Los datos obtenidos han sido muy positivos, ya que se consolida el primillar que estuvo a punto de desaparecer por unas obras realizadas en dichas dependencias municipales. Para mantener la colonia se instalaron en las nuevas paredes, un total de 17 cajas nido de dos modelos diferentes, especialmente diseñadas para la cría de esta especie.

Se trató de una experiencia piloto, que dependiendo de los resultados obtenidos se podría poner en marcha en otros municipios.  La primavera pasada ya se obtuvieron datos positivos, pero es en esta segunda cuando estos se han consolidado.

La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de la Junta Castilla-La Mancha, después de realizar la revisión de las cajas nido, ha anillado un total de 19 pollos de cernícalo primilla. La ocupación de los nidos del primillar se acerca al 80%, siendo estos también ocupados por otras especies (principalmente por estorninos). De un total de 17 cajas instaladas, 7 han sido ocupadas por parejas de Cernícalos Primillas.

El cernícalo primilla (Falco naumanni) es un pequeño “halcón” migratorio de unos 200 g de peso. Está catalogado como especie Vulnerable y ha sufrido una gran disminución de sus poblaciones en Europa en los últimos 40 años. Se alimenta esencialmente de insectos y pequeños roedores por lo que es un ave muy beneficiosa para la agricultura como controlador de plagas. Anida principalmente en edificios en estado semiruinoso y edificios monumentales (bajo tejas, en grietas u oquedades en muros, etc.).

Según el censo realizado en Castilla-La Mancha, se estima una población de 2.994 parejas de cernícalo primilla. La mayor población se encuentra en Ciudad Real, donde se concentra el 36% de la población detectada (1.086 parejas); le sigue muy de cerca la población de Toledo que acumula otro 30% de los efectivos (905 parejas) y entre ambas provincias acumulan más del 50% de la población autonómica (63%). Albacete y Cuenca tienen también poblaciones muy equivalentes y próximas al 15% de la población regional (492 y 458 parejas respectivamente) y Guadalajara el 2% de la población (53 parejas).

Las medidas de conservación principales para la especie como son la protección de los lugares de nidificación, evitando las afecciones a las colonias, la destrucción de nidos y molestias en el periodo de reproducción.

cernicalo primilla

Anuncio de resolución de alegaciones presentadas y baremación definitva de méritos presentados por los aspirantes admitidos/as para la creación de una bolsa de empleo de Sepulturero, personal funcionario Interino del Ayuntamiento de Madridejos, para realizar necesidades temporales y urgentes.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

A efectos de publicidad de los actos de desarrollo del proceso selectivo, además de los lugares previstos específicamente en las bases de la convocatoria, tendrá la consideración de sede electrónica la página web del Ayuntamiento (www.madridejos.es), así como en el Tablón de Anuncios municipal y en la sede electrónica: https://sede.madridejos.es/

El presente proceso selectivo se convoca mediante el procedimiento de urgencia por razones de interés público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.

Calificaciones finales obtenidas y propuesta de nombramiento para la provisión de una plaza de Guardería Rural, Administración Especial, que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2021, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de junio de 2021 y publicada en el “Diario Oficial de Castilla-La Mancha” número 136, de fecha 19 de julio de 2021, y en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo de 8 de julio de 2021, número 128, cuyas características son: Grupo: C; subgrupo: C2; escala: Administración Especial, en horario de media jornada, complemento de destino 15.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.

La Comisión provincial de Ordenación Territorial y Urbanismo (CPOTU) de la provincia de Toledo ha otorgado calificación urbanística a dos nuevas plantas solares fotovoltaicas en Madridejos, que generarán energía limpia verde.

Siendo la instalación denominada «ISF Entrecaminos», propiedad de Energía Kinich SLU, con una potencia de 8 MW compuesta de 29.085 módulos que contara con una inversión de 5,2 millones de euros. Por otro lado, compartida con la localidad de Villacañas, la planta denominada «ISF Haza de las Tobas», propiedad de Energía Helios S.L.U., con una potencia de 10 MW y 36.330 módulos y que contará con una inversión de 5,2 millones de euros.

Ambas instalaciones compartirán una línea de evacuación de 9 km para disminuir las afecciones ambientales y particulares en el municipio.

“Pon tu cuerpo y mente en activo”: ZUMBA FITNESS, YOGA, BODY COMBAT, YOGUILATES
Inscripciones: envía un WhatsApp al 618 35 14 50 indicando la actividad a la que te quieres unir junto con tu nombre, apellidos y edad.

Actividades a partir de 14 años en adelante.

¡¡¡Aforo limitado!!!

jueves en forma

Baremación provisional de méritos presentados por los aspirantes para selección y provisión de una plaza de personal laboral fijo, albañil, oficial de primera, que se incluye en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2019 en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de 16 de Octubre de 2019, nº 205, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo nº 190 de 7 de octubre de 2019, cuyas características son las que se contemplan en la relación de puestos de trabajo vigente.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.

Anuncio de corrección de errores de la resolución de alegaciones y baremación definitiva de méritos presentados por los/as aspirantes admitidos/as para la creación de una bolsa de empleo de técnico/a del área social que atienda las necesidades temporales del Centro de la Mujer de Madridejos, cuya cobertura se considera necesaria conforme a la Orden de 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha o norma que la sustituyera, o norma que la sustituya.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

El presente proceso selectivo se convoca mediante el procedimiento de urgencia por razones de interés público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.

Ya puedes descargarte el nuevo boletín INFORMATIVO del Patronato de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Madridejos, en el que podrás consultar la oferta de actividades propuestas para la el mes de JULIO 2022. ¡Suscríbete al boletín!

Para ampliar información pulse AQUÍ.

Decreto de formación de bolsa de trabajo de Monitores de Actividades Juveniles, con el fin de atender a las necesidades de personal de este Ayuntamiento, que puedan surgir en el ayuntamiento con motivo de la puesta en marcha del aula de capacidades diferentes y las diferentes actividades del ámbito lúdico-educativo propuestas desde la concejalía de Juventud.

La contratación queda supeditada al número de solicitantes inscritos al aula de capacidades diferentes y a las actividades lúdico-educativas que proponga la concejalía de juventud.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.

Decreto de formación de una bolsa de trabajo de monitores de actividades juveniles, con el fin de atender a las necesidades de personal de este Ayuntamiento, que puedan con motivo de la puesta en marcha de los campamentos vacacionales y actividades de carácter ocio-educativo que puedan plantearse desde la concejalía de Juventud.

La contratación queda supeditada al número de solicitantes inscritos a los campamentos urbanos vacacionales y actividades de índole ocio-educativo.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

Para ampliar información pulsa AQUÍ.