Que con motivo de la práctica de actividades cinegéticas en el Monte de Utilidad Pública Nº 9, “Sierra de Madridejos” en la zona del UMBRIÓN – VALDECIRUELOS, EXTREMEN LAS PRECAUCIONES, cuando accedan a la misma.

Desde el 09/01/2026 al 17/01/2026, queda prohibido el paso fuera de los caminos vecinales en la zona UMBRIÓN – VALDECIRUELOS. Por motivos de seguridad, únicamente se permitirá el tránsito por el camino de la Fuente del Umbrión en la zona indicada.

Debido al riesgo existente durante la práctica de actividades cinegéticas, el día 17/01/2026 el camino de la Fuente del Umbrión permanecerá cortado desde el vallado del tallar hasta la Fuente del Umbrión, entre las 9.30 y las 17.00 horas.

documento pdf BANDO – PRÁCTICA CINEGÉTICA MONTE PÚBLICO SIERRA DE MADRIDEJOS – UMBRIÓN-VALDECIRUELOS

Ante la posibilidad de nevadas en el municipio y los avisos por nieve y bajas temperaturas de los próximos días, se ha activado el Plan Territorial de Emergencia Municipal (PLATEMUN).

Los servicios municipales y Protección Civil, iniciarán, en caso de ser necesario, el tratamiento preventivo, esparciendo sal, ante la previsión de que en estos días, además de las nevadas, pudieran registrarse fuertes heladas, dando prioridad al acceso a Centro de Salud, Residencia de Ancianos y otros servicios públicos.

Además, ante las inclemencias invernales previstas, se recuerda a la población medidas preventivas ante eventuales situaciones de emergencia que pudieran darse.

documento pdf BANDO previsión de nieve bajas temperaturas (enero 2026)

bando nieve y bajas temperaturas madridejos

Abierto el plazo de presentación de solicitudes para bonificación en el IBI para familias numerosas, desde el 2 de enero al 15 de febrero de 2026.

documento pdf SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN EL IBI PARA FAMILIAS NUMEROSAS 2026

ANEXO I – REQUISITOS GENERALES PARA EL ACCESO A LA BONIFICACIÓN

  1. Que la unidad familiar figure empadronada en el domicilio para el que solicita la exención, lo que se acreditará mediante comprobación con los datos del Padrón Municipal de Habitantes.
  2. Tener debidamente actualizados los datos catastrales con la realidad física y jurídica de los distintos inmuebles de la unidad familiar.
  3. La bonificación a aplicar será:

Si el valor catastral es inferior a 80.000,00 euros, el  50  % de la cuota íntegra,
Si el valor catastral es superior a 80.000,00 euros, el  40 % de la cuota íntegra.

Será necesario: que la unidad familiar calificada como numerosa no supere los índices de renta indicados a continuación, referidos a miembros de la unidad familiar y al IPREM (14 pagas):

– Tres hijos o dos hijos si uno es discapacitado: 5 x IPREM;
– Cuatro hijos, o tres si uno es discapacitado 6 x IPREM
– Cinco hijos, o cuatro si uno es discapacitado 7 x IPREM;
– Seis hijos, o cinco si uno es discapacitado 8 x IPREM
– Siete hijos, o seis si uno es discapacitado 9 x IPREM; Ocho hijos, o siete si uno es discapacitado 10 x IPREM

  1. Que la declaración de bienes inmuebles urbanos no supere los supuestos siguientes:

– Como regla general no se podrán tener en propiedad más inmuebles urbanos que la vivienda habitual ni bienes inmuebles rústicos por superficie total superior a una hectárea. (para el cómputo de bienes inmuebles urbanos no serán computables las plazas de garaje que sean propiedad de los miembros de la unidad familiar, cuando la unidad familiar tenga su residencia habitual en un piso.)

– No será de aplicación el límite de una hectárea a aquéllos solicitantes que acreditando estar dados de alta en el régimen especial agrario, tengan por actividad principal la agricultura.

– No será de aplicación para el cómputo de bienes inmuebles urbanos, la titularidad de un local comercial o nave industrial, cuando el solicitante, acreditando estar dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, tenga la condición de empresario individual o autónomo, y el titular de dicho bien sea el trabajador autónomo o empresario individual.

  1. No se considera segundo inmueble la titularidad de solar, o plazas de garajes, trasteros, etc., es decir, lo que no tiene catastrado su uso como vivienda o residencial.
  1. No obstante aquellos sujetos pasivos que no reúnan los requisitos de los apartados 3 y 4 anteriores, tendrán una bonificación del 30% de la cuota íntegra, siempre y cuando el valor catastral del inmueble no supere los 150.000 euros.

Desde el Ayuntamiento de Madridejos se pone en marcha la II Edición de “Tardeo de echar el ojo”, con el objetivo de contribuir al ambiente festivo y mantenimiento de las tradiciones, durante las fiestas en honor a San Sebastián 2026, a la vez que dinamizar el sector de la hostelería local. Los beneficiarios de dicha acción serán los establecimientos de hostelería y restauración.

La presente actividad se llevará a cabo en la tarde del día 17 de enero, sábado, entre las 16 y las 20 horas.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o a través de sede electrónica en la página «sede.madridejos.es«, hasta el día 7 de enero de 2026.

documento pdf BASES DE PARTICIPACIÓN II EDICIÓN “TARDEO DE ECHAR EL OJO”
documento pdf ANEXO I – SOLICITUD INSCRIPCIÓN II EDICIÓN “TARDEO DE ECHAR EL OJO”

NUEVO HORARIO 2026 – PUNTO LIMPIO

INVIERNO (octubre a abril)

  • MAÑANAS DE MARTES A SÁBADOS

  8.00 A 14.00 HORAS

  • TARDES DE MARTES A SÁBADOS

16.00 A 18.00 HORAS

VERANO (mayo a septiembre)

  • MAÑANAS DE MARTES A SÁBADOS

  8.00 A 14.00 HORAS

  • TARDES DE MARTES A SÁBADOS

17.30 A 19.30 HORAS

 

 Domingo, lunes y festivos cerrado.