La Comisión provincial de Ordenación Territorial y Urbanismo (CPOTU) de la provincia de Toledo ha otorgado calificación urbanística a dos nuevas plantas solares fotovoltaicas en Madridejos, que generarán energía limpia verde.

Siendo la instalación denominada «ISF Entrecaminos», propiedad de Energía Kinich SLU, con una potencia de 8 MW compuesta de 29.085 módulos que contara con una inversión de 5,2 millones de euros. Por otro lado, compartida con la localidad de Villacañas, la planta denominada «ISF Haza de las Tobas», propiedad de Energía Helios S.L.U., con una potencia de 10 MW y 36.330 módulos y que contará con una inversión de 5,2 millones de euros.

Ambas instalaciones compartirán una línea de evacuación de 9 km para disminuir las afecciones ambientales y particulares en el municipio.

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Inscripciones: envía un WhatsApp al 618 35 14 50 indicando la actividad a la que te quieres unir junto con tu nombre, apellidos y edad.

Actividades a partir de 14 años en adelante.

¡¡¡Aforo limitado!!!

jueves en forma

Baremación provisional de méritos presentados por los aspirantes para selección y provisión de una plaza de personal laboral fijo, albañil, oficial de primera, que se incluye en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2019 en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de 16 de Octubre de 2019, nº 205, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo nº 190 de 7 de octubre de 2019, cuyas características son las que se contemplan en la relación de puestos de trabajo vigente.

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Anuncio de corrección de errores de la resolución de alegaciones y baremación definitiva de méritos presentados por los/as aspirantes admitidos/as para la creación de una bolsa de empleo de técnico/a del área social que atienda las necesidades temporales del Centro de la Mujer de Madridejos, cuya cobertura se considera necesaria conforme a la Orden de 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha o norma que la sustituyera, o norma que la sustituya.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

El presente proceso selectivo se convoca mediante el procedimiento de urgencia por razones de interés público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Ya puedes descargarte el nuevo boletín INFORMATIVO del Patronato de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Madridejos, en el que podrás consultar la oferta de actividades propuestas para la el mes de JULIO 2022. ¡Suscríbete al boletín!

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Decreto de formación de bolsa de trabajo de Monitores de Actividades Juveniles, con el fin de atender a las necesidades de personal de este Ayuntamiento, que puedan surgir en el ayuntamiento con motivo de la puesta en marcha del aula de capacidades diferentes y las diferentes actividades del ámbito lúdico-educativo propuestas desde la concejalía de Juventud.

La contratación queda supeditada al número de solicitantes inscritos al aula de capacidades diferentes y a las actividades lúdico-educativas que proponga la concejalía de juventud.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

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Decreto de formación de una bolsa de trabajo de monitores de actividades juveniles, con el fin de atender a las necesidades de personal de este Ayuntamiento, que puedan con motivo de la puesta en marcha de los campamentos vacacionales y actividades de carácter ocio-educativo que puedan plantearse desde la concejalía de Juventud.

La contratación queda supeditada al número de solicitantes inscritos a los campamentos urbanos vacacionales y actividades de índole ocio-educativo.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

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Baremación provisional de méritos presentados por los aspirantes admitidos/as para la creación de una bolsa de empleo de Sepulturero, personal funcionario Interino del Ayuntamiento de Madridejos, para realizar necesidades temporales y urgentes.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente.

A efectos de publicidad de los actos de desarrollo del proceso selectivo, además de los lugares previstos específicamente en las bases de la convocatoria, tendrá la consideración de sede electrónica la página web del Ayuntamiento (www.madridejos.es), así como en el Tablón de Anuncios municipal y en la sede electrónica: https://sede.madridejos.es/

El presente proceso selectivo se convoca mediante el procedimiento de urgencia por razones de interés público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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La concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Madridejos hace público este miércoles 29 de junio que todas las solicitudes entregadas para el campamento de verano han sido admitidas.

Un total de 165 niños/as y jóvenes participarán y disfrutarán del campamento de verano. Con estos campamentos de verano queremos ofrecer desde el ayuntamiento un recurso que facilite a las familias la conciliación de la vida familiar y laboral, y que los/as más pequeños/as disfruten de su tiempo libre en verano.

Dando comienzo el primer turno el día 4 de Julio.

Se les enviará a las familias un documento informativo del campamento a través del WhatsApp el viernes 1 de julio.

Más información:
Centro de Información Juvenil de Madridejos
Av. Andalucía, s/n (Edificio: Antiguo IES Valdehierro)
Horario de atención: de 9:00 a 14 horas.
Teléfonos: 618 35 14 50 / 925 46 00 16 (Ext. 9)

campamento urbano

Decreto de Alcaldía para formación de bolsa de trabajo de monitores/as para las Escuelas Deportivas Municipales, en las especialidades de Pre-deporte y Multideporte, pudiendo asignarse funciones relativas al resto de escuelas deportivas en función de las necesidades del servicio del Patronato Deportivo Municipal.

La bolsa resultante del siguiente proceso será complementaria y auxiliar a la creada mediante decreto de la alcaldía de fecha 30 de diciembre de 2021, resultada del proceso selectivo convocados por Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 24 de agosto de 2021 (“Boletín Oficial” de la provincia de Toledo núm. número 167, de fecha 1 de septiembre de 2021), que tendrá carácter prioritario en la contratación de monitores/as para las citadas especialidades.

La contratación queda supeditada al número de alumnado que se establezca en el programa de actividades deportivas, como número mínimo necesario para la organización de la correspondiente
escuela deportiva.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.

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