Bases reguladoras plan empleo extraordinario JCCM
Es objeto de la presente convocatoria la selección junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de trabajadores para llevar a cabo los siguientes proyectos:
– «Cuidadores/as de personas de la 3ª edad, con discapacidad o en riesgo de exclusión social o menores.»
– «Mantenimiento y Conservación del Patrimonio Cultural y Natural e Infraestructuras Públicas» (Oficiales de albañilería, Peones o Limpiadores/as.
Del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, cofinanciado al 80% mediante el Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo 2014-2020, por la que se publican las presentes bases de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 28 de diciembre de 2016, de la Consejería de Economía y Empleo (DOCM número 252, de 30 de diciembre de 2016).
Plazo de presentación de solicitudes: del 20 al 31 de marzo de 2017 (ambos inclusive).
Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)
Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.
b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad forzosa de jubilación.
d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.
e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.
g) En ningún caso, podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
h) Estar inscritos/as en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/asque pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
h.1) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta y que hayan permanecido inscritos, al menos, 12 meses, dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha, encontrándose en alguno de los siguientes grupos:
1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
2º. Personas menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares o estén incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha, o bien cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.
3º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y hayan estado inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
4º. Personas que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
h.2) Personas con discapacidad, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
h.3) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo, en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación.
i) De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional única de la orden de bases reguladoras, se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados a cada entidad beneficiaria, para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo de Solidaridad, regulado en el Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, así como a otras personas que, sin ser beneficiarias del mismo, cuenten con un informe favorable de los servicios sociales de la Consejería de Bienestar Social o de la entidad local beneficiaria.
j) No podrán participar en este programa las personas que fueron contratadas en el PLAN DE EMPLEO EXTRAORDINARIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA de 2016 incluido en el marco de la Orden de 27 de octubre 2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM nº 213, de 30 de octubre) o de la Orden de 28 de junio 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM nº 133, de 8 de julio), salvo cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género, en los términos establecidos en este artículo, en cuyo caso, tendrán preferencia para la contratación aquellas que no hubieran sido contratadas en el marco de las citadas órdenes.
k) Los aspirantes que opten al puesto de Cuidador/a, deben estar en posesión de CFGM en Atención a Personas en Situación de Dependencia o en Atención Sociosanitaria, o bien CFGS en Integración Social.
Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)
a) Fotocopia del DNI.
b) Fotocopia del Libro de Familia.
c) En caso de discapacidad, certificado del órgano competente en el que se acredite la circunstancia y su porcentaje.
d) Certificado del órgano competente que acredite la prestación, subsidio o pensión de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no percibirse ninguno, el certificado deberá reflejar dicha situación.
e) En caso de acreditar la situación de familia mono parental, libro de familia o sentencia. Informe de Servicios Sociales acreditando situación especial, en su caso.
f) Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2015 y Patrimonio 2015 de todos los miembros de la unidad familiar.
g) Contrato de alquiler o recibos de hipoteca, en su caso, para descontar su importe y determinar las rentas netas de la unidad familiar.
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Bases reguladoras
Solicitud
Listado por orden de baremación del personal aspirante a la ejecución de los proyectos incluidos en el plan Extraordinario
Listado DEFINITIVO por orden de baremación del personal aspirante a la ejecución de los proyectos incluidos en el plan Extraordinario
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE EMPLEO EXTRAORDINARIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA COFINANCIADO AL 80% MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO REGIONAL DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 2014-2020 DE CASTILLA-LA MANCHA, DIRIGIDAS AL EMPLEO DE PERSONAS DESEMPLEADAS
La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje 1 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma