Bases reguladoras convocatoria de oposición libre plaza Técnico de Gestión Urbanismo

Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la provisión de una plaza de Técnico de Gestión, Administración General, especialidad Urbanismo, que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2017, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21 de diciembre de 2017 y publicada en el “Diario Oficial de Castilla-La Mancha” número 7, de fecha 10 de enero de 2018, y en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo de 9 de enero de 2018, número 6, cuyas características son: Grupo: A; subgrupo: A2; escala: Administración General; subescala: Gestión; denominación: Técnico de Gestión; especialidad Urbanismo. Complemento de destino 20.

Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 13 de junio de 2019


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y personas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1. del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de diplomado/a universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a o Grado, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

Acceso de personas con discapacidad. Las personas con discapacidad que se presenten a este proceso selectivo gozarán de iguales condiciones para la realización de las pruebas que el resto de los aspirantes.

Para ello deberán indicar, en los recuadros destinados al efecto en la solicitud, el grado de discapacidad que tienen reconocido y si requieren la adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas de aptitud.

Para la concesión de las señaladas adaptaciones serán requisitos:
1) Que junto a la instancia de participación se presente dictamen técnico facultativo o documento equivalente que exprese y acredite las características de la limitación emitido por la correspondiente Administración Pública.
2) Que, además, en la casilla denominada “Adaptación que solicita en caso de discapacidad” se especifique el tipo de adaptación que se precisa (tiempo o medios) y, en el caso en que se solicite la adaptación de medios, se detalle la adaptación solicitada. Las adaptaciones de tiempo y/o medios se acordarán por el Tribunal calificador, publicándose en los lugares previstos en la base novena, con una antelación mínima de diez días hábiles a la fecha de realización de las pruebas.

Cuando se requiera adaptación de tiempo, el Tribunal calificador resolverá sobre la procedencia y concreción de la adaptación, conforme al baremo aprobado por orden del Ministerio de Presidencia 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Cada solicitud de participación según anexo II, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Fotocopia DNI.
• Fotocopia del título de diplomado/a universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a o Grado, o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes al específicamente señalado habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Asimismo, quien se encuentre en condiciones de obtener el título antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para su expedición.
• Justificante de ingreso de la cantidad de derechos de examen en la entidad bancaria que se indica o certificación de exención de ingreso de dichos derechos de examen.

Descargas


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documento pdf Resolución de Alcaldía: aprobación lista definitiva, tribunal y fecha de exámen
documento pdf Anuncio BOP lista definitiva, tribunal y fecha de exámen
documento pdf ANUNCIO SUSPENSIÓN CELEBRACIÓN PRUEBAS SELECTIVAS DE EMPLEO PUBLICO
documento pdf Convocatoria tribunal calificador y aspirantes admitidos/as para el 1er ejercicio fase oposición
documento pdf Medidas de prevención e higiene frente a la Covid19 para la realización del proceso selectivo
documento pdf Anuncio BOP convocatoria tribunal calificador y aspirantes admitidos/as para el 1er ejercicio fase oposición
documento pdf Plantilla correctora provisional 1er ejercicio
documento pdf Plantilla correctora definitiva 1er ejercicio, calificaciones y convocatoria 2º ejercicio
documento pdf Calificaciones 2º ejercicio y fecha realización del 3er ejercicio
documento pdf Calificaciones 3er ejercicio
documento pdf Acta final del proceso selectivo
documento pdf Nombramiento de funcionario Técnico Gestión Urbanismo
documento pdf Resolución de Alcaldía para formación bolsa de trabajo