Bases para la constitución de una bolsa de trabajo de peón de servicios múltiples

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo de peones de servicios múltiples, mediante concurso de las plazas de la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, para cubrir bajas o vacantes en las plazas catalogadas como Peones de Servicios Múltiples, perteneciente al Grupo V, con complemento de destino 13.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 8 de noviembre al 5 de diciembre de 2018 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


1. Las personas contratadas tendrán que tener una edad superior a 16 años, y no podrán exceder de la edad ordinaria reglamentaria de jubilación.

2. Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

3. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado el acceso a la función pública.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local ni hallarse inhabilitado para cargos o empleos públicos por resolución judicial.

5. No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

6. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

7. Poseer, como mínimo, el certificado de escolaridad.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


La solicitud se acompañará de lo siguiente:

Fotocopia del DNI o fotocopia del documento que acredite la identidad.

Fotocopia del certificado de escolaridad o titulación superior.

Copia de los títulos de formación para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará mediante diplomas, títulos o certificados de la entidad que imparte la formación, haciendo referencia inexcusablemente al número de horas, así como los contenidos, fechas de impartición, y emisión, datos de la entidad formadora, identificación de la persona que certifica, homologación del centro y perfeccionamiento realizados, siempre que hayan sido impartidos por administraciones públicas o por promotores incluidos en los acuerdos nacionales de formación continua en las administraciones públicas.

En su caso copia de los contratos. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en la Bolsa.

Vida Laboral actualizada.

– En caso de alegar discapacidad, se deberá acreditar por resolución firme de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, reconociendo un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Declaración jurada a los efectos de la base 3.5 y 3.6 No serán tenidos en cuenta todos aquellos méritos alegados que no se justifiquen documentalmente al presentar la solicitud.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo baremado
documento pdf Relación de aspirantes propuestos por el Tribunal calificador quedando incluidos/as en la bolsa de trabajo