Bases reguladoras para concurso contratación de un/a técnico de formación y orientación en el marco del programa garantía +55

Es objeto de las presentes bases la selección un/a técnico de formación y orientación en el marco del Programa Garantía +55 años del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 14 al 26 de septiembre (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de titulación en alguna Licenciatura, Grado o Equivalente.

h) Encontrarse inscrito como demandante de empleo en la ocupación siguiente: Orientador laboral, Técnico de Empleo o Formador.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base tercera, apartado g).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en el proceso.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral o contratos laborales.

e) En caso de acreditar discapacidad, certificado acreditativo de la Consejería competente de la Comunidad Autónoma.

f) Fotocopia de la inscripción como demandante en la Oficina de Empleo.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Listado provisional admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Acta del tribunal calificador
documento pdf Edicto Resolución de alegaciones