Bases reguladoras para creación bolsa de trabajo de monitores para el desarrollo de cursos de la Universidad Popular de Madridejos

Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de trabajo, con carácter temporal para el curso 2016/2017, por el sistema de concurso, mediante contrato laboral de duración determinada y a tiempo parcial, de monitores para la Universidad Popular de Madridejos, para desarrollar los cursos, talleres y monográficos de las siguientes aulas, que se llevarán a cabo siempre y cuando haya un mínimo de 10 participantes, salvo que razones de interés público y social, aconsejen otra cosa.

1. AULA NUEVAS TECNOLOGÍAS
2. AULA AUDIOVISUALES
3. AULA DE ARTES PLÁSTICAS
4. AULA DE ARTESANÍA, TRADICIONES Y OFICIOS MANUALES

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: Del 17 al 26 de octubre (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de titulación en alguna Licenciatura, Grado o Equivalente.

1. Informática: Ingeniería Informática, Técnico Superior de Informática.
2. Cursos artísticos (fotografía, fotografía digital, pintura, dibujo, manualidades, restauración de muebles clásicos, bolillos, cueros, esparto, etc.): Titulado en Bellas Artes, Artes Escénicas, etc. excepcionalmente y en ausencia de la anterior, se admitirá una acreditada experiencia y/o reconocimiento profesional en este tipo de cursos.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base tercera.

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en el proceso.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral o contratos laborales.

e) En caso de acreditar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desarrollo de las tareas y funciones correspondientes.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

g) Currículum vitae.

h) Proyecto de taller, actividad o curso que se va a llevar a cabo.

Descargas

documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud de admisión
documento pdf Listado provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf ANUNCIO del tribunal calificador
documento pdf ANUNCIO constitución de bolsa de trabajo