Bases reguladoras convocatoria para la creación mediante concurso oposición de una bolsa de empleo de monitores/as de actividades juveniles que se encargará del aula de capacidades diferentes

Es objeto de la presente convocatoria, la creación de una bolsa de empleo mediante el sistema de concurso/oposición, con el fin de atender a las necesidades de personal de este Ayuntamiento, que puedan surgir en la Concejalía de Educación y Juventud con motivo de la puesta en marcha del aula de capacidades diferentes.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en las bases será de aplicación, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de la normativa vigente, en cuanto no se oponga a las mencionadas Leyes 7/2007 y a la Ley 4/2011.


Plazo de presentación de solicitudes: Del 20 de abril al 17 de mayo (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para ser admitidos al proceso selectivo, los/as aspirantes con referencia al último día de presentación de instancias, habrán de cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener un perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones inherentes del puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión del título de Monitor de Actividades Juveniles.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del título exigido en la Base Cuarta.

c) Copia de los cursos de formación y/o docencia puntuables, junto con los documentos acreditativos de los mismos. Sólo se valorarán los méritos acreditados. Las certificaciones de realización de cursos sólo serán valoradas si se acreditan las horas de duración de los mismos y el centro que imparte la formación.

d) Copia de contratos y/o certificados de empresa referidos a los méritos de experiencia puntuables en la fase de concurso.

e) Vida Laboral actualizada o justificante de la Tesorería General de la Seguridad Social de no haber trabajado, en su caso.

f) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

g) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

h) Proyectos novedosos en el municipio, relativos a la puesta en marcha de Campamentos Urbanos, en el que no figurará la identidad del aspirante sino un pseudónimo, el cual indicará en la parte exterior de un sobre en cuyo interior se indicará el nombre y apellidos del/de la aspirante. En el proyecto se recogerán: tema o título, objetivos, metodología, desarrollo de actividades, temporalización (1 semana), materiales, localización y evaluación; teniendo en cuenta que la actividad irá dirigida a personas con capacidades diferentes.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras y solicitud
documento pdf Solicitud
documento pdf Listado provisional admitidos/as y excluidos/as (Plazo para presentar alegaciones: hasta el día 9 de junio)
documento pdf Relación definitiva admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Resultado final de las pruebas realizadas para la constitución de una bolsa de trabajo
documento pdf DECRETO bolsa de empleo