Plan regional de empleo y garantía de rentas de Castilla-La Mancha
Es objeto de la presente convocatoria la selección junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de Empleo de 46 trabajadores para llevar a cabo los siguientes proyectos:
– 46 trabajadores para llevar a cabo el Proyecto “Infraestructuras viarias y de mantenimiento para instalaciones de servicios públicos” (46 peones).
Del Plan Regional de Empleo y Garantía de Rentas de Castilla-La Mancha (2018-2020), cofinanciado mediante el Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo 2014-2020, por la que se publican las presentes bases de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 25 de abril de 2018, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM número 82, de 27 de abril de 2018).
Plazo de presentación de solicitudes: del 27 de junio al 6 de julio de 2018 (ambos inclusive).
Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)
Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:
1. Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.
2. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
3. Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad forzosa de jubilación.
4. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.
5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
6. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.
7. En ningún caso, podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
8. Estar inscritos/as en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/as que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta, que hayan permanecido inscritos al menos 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha y que, en el momento de la contratación, estén desarrollando o hayan desarrollado un itinerario personalizado, siempre que pertenezcan a alguno de estos grupos:
1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
2º. Demandantes de empleo, no ocupados, menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.
3º. Demandantes de empleo, no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
4º. Demandantes de empleo, no ocupados, que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
b) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de la violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación. Se reserva para este colectivo un mínimo del 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de mujeres para alcanzar dicho porcentaje o la entidad no fuera beneficiaria de un número de contratos suficiente para aplicar dicho porcentaje, en cuyo caso, las mujeres integrantes de este colectivo tendrán preferencia, si tienen el perfil del puesto de trabajo a cubrir, con arreglo a la oferta de empleo presentada por el Ayuntamiento.
9. Se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados, para personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a la contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha. La Consejería competente en materia de asuntos sociales comunicará a la Dirección Provincial correspondiente en materia de empleo, la relación de estas personas y ésta, la remitirá al Ayuntamiento, con objeto de proceder a su contratación. Las plazas no utilizadas en esta reserva serán ocupadas por las personas que cumplan los requisitos del apartado 1º.
10. No obstante, las priorizaciones establecidas anteriormente, podrán participar otras personas inscritas en la oficina de empleo de referencia, como demandantes de empleo no ocupadas, siempre que en el ámbito territorial de actuación no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en párrafos anteriores.
Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)
Si la persona interesada está incluida en la lista propuesta provisional de contratación, la Comisión de Selección le requerirá la siguiente documentación:
– Fotocopia del DNI.
– Fotocopia del Libro de Familia.
– En caso de discapacidad, certificado del órgano competente en el que se acredite la circunstancia y su porcentaje.
– Certificado del órgano competente que acredite la prestación, subsidio o pensión de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no percibirse ninguno, el certificado deberá reflejar dicha situación.
– Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2017 y Patrimonio 2017 de todos los miembros de la unidad familiar.
– Contrato de alquiler o recibos de hipoteca, en su caso, para descontar su importe y determinar las rentas netas de la unidad familiar.
En caso de haber discordancia entre los datos expuestos en la solicitud, y los datos aportados en la documentación requerida, la persona aspirante quedará automáticamente excluida del proceso, sin que quepa recurso alguno, salvo que hubiese sido un error aritmético, pasando a contratarse al inmediatamente siguiente en el listado baremado.
Descargas
Bases reguladoras Plan de Empleo
Solicitud Plan de Empleo
Listado provisional de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo
Listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo
ANUNCIO listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo una vez realizadas las reclamaciones oportunas
La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje 1 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma