Es objeto de las presentes bases la selección un/a técnico de formación y orientación en el marco del Programa Garantía +55 años del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 14 al 26 de septiembre (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de titulación en alguna Licenciatura, Grado o Equivalente.

h) Encontrarse inscrito como demandante de empleo en la ocupación siguiente: Orientador laboral, Técnico de Empleo o Formador.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base tercera, apartado g).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en el proceso.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral o contratos laborales.

e) En caso de acreditar discapacidad, certificado acreditativo de la Consejería competente de la Comunidad Autónoma.

f) Fotocopia de la inscripción como demandante en la Oficina de Empleo.

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documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Listado provisional admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Acta del tribunal calificador
documento pdf Edicto Resolución de alegaciones

Es objeto de las presentes bases la selección un/a monitor/a de Yoga para cubrir las necesidades formativas existentes en el Patronato Deportivo Municipal del Ayuntamiento de Madridejos, durante la temporada 2016/17.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 23 al 31 de Agosto (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Quienes deseen participar en el procedimiento de selección convocado deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión, como mínimo, del título de monitor relacionado con la especialidad a la que se opta, o título de Animador de Actividades Deportivas en Edad Escolar, o TAFAD, o Diplomado en Educación Física o Licenciado o Graduado en Ciencias del Deporte expedido por organismos oficiales, Universidades, Federaciones y Colegios Profesionales. En el caso de no poseer ninguna de las titulaciones anteriores, se podrá acceder aportando a dicha convocatoria, 2 temporadas como monitor en la especialidad. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.

h) Encontrarse inscrito como demandante de empleo en la ocupación siguiente: Monitor/a de Yoga.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


5.1. Las instancias solicitando la incorporación al proceso se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento según el modelo de solicitud que figura en el Anexo II de estas bases. Este modelo podrá adquirirse o bien en las oficinas del Ayuntamiento o a través de la web del Ayuntamiento www.madridejos.es.

5.2. Las instancias se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de lunes a viernes de 9 a 14 horas como en la forma que determina el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes deberán cumplimentarse por duplicado, quedando uno de los ejemplares en poder del Ayuntamiento y otro en poder del/la interesado/a.

El ejemplar para el/la interesado/a deberá conservarse para su presentación, si le fuera requerido.

5.3. A la instancia se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base tercera, apartado g).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en el proceso.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral.

e) Fotocopia de la inscripción como demandante en la Oficina de Empleo.

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documento pdf ACTA tribunal calificador constitución de bolsa de trabajo
documento pdf ANUNCIO constitución de bolsa de trabajo

Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de empleo que atienda las necesidades temporales y situaciones de interinidad del Servicio municipal de Ayuda a Domicilio (SAD) mediante el procedimiento de concurso para cubrir las necesidades urgentes de contratación.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 9 al 28 de mayo (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de la titulación reflejada en el punto 2.5 de la presente convocatoria o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo para presentar instancias.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia de la titulación requerida.

c) Copia de los cursos de formación puntuables, junto con los documentos acreditativos de los mismos. Sólo se valorarán los méritos acreditados. Las certificaciones de realización de cursos sólo serán valoradas si se acreditan las horas de duración de los mismos y el centro que imparte la formación.

d) Copia de los contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida laboral.

e) Vida Laboral actualizada.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

g) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

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documento pdf Listado DEFINITIVO de admitidos/as y excluidos/as
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documento pdf Anuncio de constitución bolsa

Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de empleo que atienda las necesidades temporales y situaciones de interinidad del Servicio municipal de Estancias Diurnas (SED) mediante el procedimiento de concurso para cubrir las necesidades urgentes de contratación.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 9 al 28 de mayo (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de la titulación reflejada en el punto 2.5 de la presente convocatoria o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo para presentar instancias.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia de la titulación requerida.

c) Copia de los cursos de formación puntuables, junto con los documentos acreditativos de los mismos. Sólo se valorarán los méritos acreditados. Las certificaciones de realización de cursos sólo serán valoradas si se acreditan las horas de duración de los mismos y el centro que imparte la formación.

d) Copia de los contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida laboral.

e) Vida Laboral actualizada.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

g) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

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Se convoca concurso para la constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as para la Escuelas Deportivas Municipales, en las especialidades deportivas de Ajedrez, Atletismo, Balonmano, Baloncesto, Orientación, Patinaje, Fútbol, Fútbol Sala, Tenis, Pádel, otros deportes de raqueta, Pre-deporte, Pre-Benjamín, Pilates, Yoga, Gimnasia de espalda, de embarazadas y post parto.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 9 al 28 de mayo (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión, como mínimo, del título de monitor relacionado con la especialidad a la que se opta, o título de Animador de Actividades Deportivas en Edad Escolar, o TAFAD, o Diplomatura en Educación Física o Licenciatura o Graduado en Ciencias del Deporte expedido por organismos oficiales, Universidades, Federaciones y Colegios Profesionales. En el caso de no poseer ninguna de las titulaciones anteriores, se podrá acceder aportando a dicha convocatoria, 2 temporadas como monitor en la especialidad de la plaza a la que se opte. Para las especialidades de Gimnasia de espalda, Embarazadas, Mayores y Pre-Deporte, se deberá estar en posesión de la formación específica y adecuada que acredite su cualificación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la Administración competente en la materia.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) En su caso, fotocopia del título de monitor de la especialidad deportiva o documentación laboral acreditativa de la experiencia mínima de 2 temporadas en la especialidad deportiva a la que se opta.

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria.
La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartó.
La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certidicados de empresa junto a la Vida Laboral.

d) Vida laboral actualizada o justificante de la Tesorería General de la Seguridad Social de no haber trabajado en su caso.

e) En el caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

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documento pdf Acuerdo Junta de Gobierno Local
documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Listado provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado baremado
documento pdf Listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf ACTA tribunal calificador constitución de bolsa
documento pdf ANUNCIO constitución de bolsa

Publicada la oferta de empleo público del año 2015 del Ayuntamiento de Madridejos en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del día 25 de septiembre de 2015, modificada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 28 de septiembre de 2015 y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 29 de octubre de 2015, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Madridejos, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación vigente, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso-oposición, en la Escala Básica, categoría de Oficial.

A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.


Plazo de presentación de solicitudes: del 3 al 22 de febrero (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Tener nacionalidad española.

b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de formación programado por la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, o una antigüedad de diez años como policía. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009, de 10 de junio, publicada en el B.O.E. número 146, de 17 de junio de 2009, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
No será necesaria la posesión de la titulación cuando se haya realizado el curso de integración previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

c) Haber permanecido, al menos, durante dos años, como funcionario de carrera en la categoría de Policía en el Ayuntamiento de Madridejos.

d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.

e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.

f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2, B y BTP, salvo que se haya perdido la disponibilidad de este último por circunstancias sobrevenidas.

h) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.

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documento pdf Bases reguladoras y solicitud
documento pdf Corrección de errores
documento pdf Anuncio BOE
documento pdf Listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos
documento pdf Anuncio celebración pruebas de aptitud física
documento pdf Acta 1ª jornada tribunal calificador
documento pdf Acta 2ª jornada tribunal calificador
documento pdf Acta 3ª jornada tribunal calificador
documento pdf Acta 4ª jornada tribunal calificador

Es objeto de la presente convocatoria la selección junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de Empleo de 50 trabajadores para llevar a cabo los siguientes proyectos: «Mantenimiento de infraestructuras viarias» – 20 trabajadores/as (5 oficiales de 2ª albañilería, 1 peón y 14 limpiadores/as), «Conservación y mantenimiento del Patrimonio Natural de Madridejos» – 10 trabajadores/as (10 oficiales de 2ª albañilería) y «Conservación del Patrimonio Cultural y Monumental de Madridejos» – 20 trabajadores/as (7 oficiales de 2ª de albañilería, 3 peones y 10 limpiadores/as).

Del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, cofinanciado al 80% mediante el Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo 2014-2020, por la que se publican las presentes bases de acuerdo con lo dispuesto en el Orden de 27 de octubre de 2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM número 213, de 30 de octubre de 2015).


Plazo de presentación de solicitudes: del 4 al 13 de abril de 2016 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad forzosa de jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) En ningún caso, podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.

h) Estar inscritos/as en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/as que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

h.I) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los efectos de acceso a estas contrataciones, aquellas hayan estado inscritas como demandante de empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha de registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a continuación:

1. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, hayan agotada la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación.

2. Personas menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas situaciones del punto 1., cuando tuvieran responsabilidades familiares o exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el programa o hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.

h.II) Personas que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante doce omás meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en dichas oficinas.

h.III) Personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

h.IV) Personas discapacitadas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

h.V) En función de la estructura de la demanda de empleo del ámbito territorial donde se vayan a desarrollar las actuaciones, podrán participar otras personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en alguna oficina de empleo de Castilla-La Mancha, siempre que en dicho ámbito territorial no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en apartados enteriores.

h.VI) Las mujeres víctimas de violencia de género tendrán prioridad absoluta en la selección, quednado excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en el momento de gestionarse la oferta por la misma, aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas, no ocupadas, en el momento de la contratación.

Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del Libro de Familia.

c) En caso de discapacidad, certificado del órgano competente en el que se acredite la circunstancia y su porcentaje.

d) Certificado del órgano competente que acredite la prestación, subsidio o pensión de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no percibirse ninguno, el certificado deberá reflejar dicha situación.

e) En caso de acreditar la situación de familia monoparental, libro de familia o sentencia.

f) Informe de Servicios Sociales acreditando situación especial, en su caso.

g) Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2014 y Patrimonio 2014 de todos los miembros de la unidad familiar.

h) Contrato de alquiler o recibos de hipoteca, en su caso, para descontar su importe y determinar las rentas netas de la unidad familiar.

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documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Listado provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo titulares y suplentes

Plan empleo extraordinario

La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje 1 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma

Es objeto de las presentes bases a selección de un/a profesor/a de Flauta Travesera para cubrir las necesidades formativas existentes en la Escuela de Música y Danza de Madridejos, durante el curso académico 2015/16.

El proceso selectivo se ajustará lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 21 de marzo al 1 de abril de 2016 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión del título de Técnico Profesional de Música o título equivalente para impartir la especialidad a la que se aspira. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación Español.

h) Encontrarse inscrito como demandante de empleo en la ocupación siguiente: Profesor/a de Flauta Travesera.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del Título exigido en la base tercera, apartado g).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria.
La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartó.
La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certidicados de empresa junto a la Vida Laboral.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral.

e) Fotocopia de la inscripción como demandante en la Oficina de Empleo.

Descargas


PDF Bases reguladoras
PDF Listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as
PDF Acta del tribunal calificador

Es objeto de las presente convocatoria la provisión de una plaza vacante en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, clasificada/s en el grupo C1 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Escala Básica, categoría Policía, del Cuerpo de Policía Local.

A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Decreto 31/2011, de 26 de abril, por el que se regula el Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.


Plazo de presentación de solicitudes: del 29 de enero a 15 de febrero (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

1. Para ser admitidos a este procedimiento de provisión las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de un Cuerpo de Policía Local de Castilla-La Mancha en la categoría de Policía y tener una antigüedad mínima de tres años en la misma.
b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha
c) Haber permanecido en el último puesto de trabajo obtenido por algún sistema de provisión de puestos de trabajo un mínimo de dos años.

2. No podrán participar los funcionarios o funcionarias que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los que están inhabilitados y los que se encuentren en la situación de suspenso firme.
b) Los que se encuentren en alguna situación administrativa diferente a la de activo, mientras no hayan cumplido el plazo de permanencia en la misma.

3. Todos los requisitos deberán de reunirse con referencia a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 10,00 euros, y se ingresarán en la cuenta de la Corporación número 3081 0092 98 1100336526 de la Caja Rural de Castilla-La Mancha.

c) Certificación de la Secretaría de la Corporación del Cuerpo de Policía Local de procedencia, indicativa de la antigüedad, nivel o niveles de puesto de trabajo desarrollados y consolidados, y la categoría o categorías desempeñadas en el Cuerpo de Policía Local.

d) En su caso, cualesquiera otras certificaciones de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

Descargas


PDF Bases reguladoras
PDF Corrección de errores
PDF Anuncio DOCM
PDF Solicitud
PDF Listado definitivo de aspirantes admitidos/as y excluidos/as
PDF Propuesta de nombramiento de Policía Local

Es objeto de la presente convocatoria la selección junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de Empleo de 20 trabajadores para llevar a cabo los siguientes proyectos: «Mantenimiento de infraestructuras viarias» – 5 oficiales de 2ª albañilería, 4 peones y 11 limpiadores/as.

Del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, cofinanciado al 80% mediante el Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo 2014-2020, por la que se publican las presentes bases de acuerdo con lo dispuesto en el Orden de 27 de octubre de 2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM número 213, de 30 de octubre de 2015).


Plazo de presentación de solicitudes: del 28 diciembre de 2015 al 13 de enero de 2016 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad forzosa de jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) En ningún caso, podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.

h) Estar inscritos/as en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/as que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

h.I) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los efectos de acceso a estas contrataciones, aquellas hayan estado inscritas como demandante de empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha de registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a continuación:

1. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, hayan agotada la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación.

2. Personas menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas situaciones del punto 1., cuando tuvieran responsabilidades familiares o exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el programa o hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.

h.II) Personas que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante doce omás meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en dichas oficinas.

h.III) Personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

h.IV) Personas discapacitadas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

h.V) En función de la estructura de la demanda de empleo del ámbito territorial donde se vayan a desarrollar las actuaciones, podrán participar otras personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en alguna oficina de empleo de Castilla-La Mancha, siempre que en dicho ámbito territorial no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en apartados enteriores.

h.VI) Las mujeres víctimas de violencia de género tendrán prioridad absoluta en la selección, quednado excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en el momento de gestionarse la oferta por la misma, aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas, no ocupadas, en el momento de la contratación.

Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del Libro de Familia.

c) En caso de discapacidad, certificado del órgano competente en el que se acredite la circunstancia y su porcentaje.

d) Certificado del órgano competente que acredite la prestación, subsidio o pensión de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no percibirse ninguno, el certificado deberá reflejar dicha situación.

e) En caso de acreditar la situación de familia monoparental, libro de familia o sentencia.

f) Informe de Servicios Sociales acreditando situación especial, en su caso.

g) Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2014 y Patrimonio 2014 de todos los miembros de la unidad familiar.

h) Contrato de alquiler o recibos de hipoteca, en su caso, para descontar su importe y determinar las rentas netas de la unidad familiar.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud inscripción
documento pdf Listado de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado de personas seleccionadas para desarrollar el proyecto «Mantenimiento de infraestructuras viarias»

Plan empleo extraordinario

La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje 1 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma