Constituye el objeto de la presente convocatoria el proceso selectivo para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento y en la relación de puestos de trabajo, clasificada en el grupo Nivel IV según el artículo 77 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Administración General, categoría Auxiliar Administrativo (Seguridad Ciudadana; Servicio: Apoyo al Cuerpo de la Policía Local), con nivel de complemento de destino 15, y dotada con los emolumentos correspondientes a dicho puesto de conformidad con la vigente relación de puestos de trabajo, por el sistema de concursooposición libre, acogido al proceso de consolidación de empleo temporal (disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).


Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 23 de abril de 2019


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


3.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: Tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y personas.

b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las
funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Titulación: Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante certificación expedida al efecto por la administración competente en cada caso.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


– Fotocopia DNI.

– Fotocopia del título de Graduado en Educación Secundaria, o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes al específicamente señalado habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Asimismo, quien se encuentre en condiciones de obtener el título antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para su expedición.

– Justificante de ingreso de la cantidad de derechos de examen en la entidad bancaria que se indica o certificación de exención de ingreso de dichos derechos de examen. Asimismo, las personas aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.

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PDF Bases reguladoras
PDF Anuncio BOE
PDF Solicitud inscripción
PDF Relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as
PDF Relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, tribunal y fecha exámen
PDF Acta del tribunal de las pruebas de selección
PDF Decreto RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, CON CARÁCTER DE PERSONAL LABORAL FIJO, PROCEDIMIENTO DE CONCURSOOPOSICIÓN LIBRE, ACOGIDO AL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
PDF Anuncio BOP nombramiento personal laboral fijo

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, clasificadas en el grupo C1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Escala Básica, categoría Policía, del Cuerpo de Policía Local, con nivel de complemento de destino 17 y complemento específico anual 7.651,00 euros en 14 pagas (546,50 al mes), mediante el sistema de concurso de movilidad.

A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Decreto 31/2011, de 26 de abril, por el que se regula el Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla- La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.


Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Para ser admitidos a este procedimiento de provisión las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario o funcionaria de un Cuerpo de Policía Local de Castilla-La Mancha en la categoría de Policía y tener una antigüedad mínima de tres años en la misma.

b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha y en el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Las equivalencias de los títulos deberán justificarse por los interesados.

c) Haber permanecido en el último puesto de trabajo obtenido por algún sistema de provisión de puestos de trabajo un mínimo de dos años.

d) No padecer ninguna enfermedad ni defecto que impida el normal ejercicio de las funciones propias de la Policía Local.

No podrán participar los funcionarios o funcionarias que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Los que están inhabilitados y los que se encuentren en la situación de suspenso firme.

b) Los que se encuentren en alguna situación administrativa diferente a la de activo, mientras no hayan cumplido el plazo de permanencia en la misma.

Todos los requisitos deberán de reunirse con referencia a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 10,00 euros, y se ingresarán en la cuenta de la Corporación número ES51 3081 0092 9811 0033 6526 de Eurocaja Rural.

c) Fotocopia del título de Bachiller superior o equivalente, o de certificado expedido por el órgano competente de la Administración autonómica, de haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla- La Mancha.

d) Declaración jurada de no hallarse en situación de suspensión firme para el ejercicio de funciones públicas o hallarse incurso en un procedimiento iniciado con anterioridad a la fecha de convocatoria del presente proceso, así como no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias de la Policía local.

e) Certificación de la Secretaría de la Corporación del Cuerpo de Policía Local de procedencia, indicativa de la antigüedad, nivel o niveles de puesto de trabajo desarrollados y consolidados, y la categoría o categorías desempeñadas en el Cuerpo de Policía Local.

f) En su caso, cualesquiera otras certificaciones de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

g) Documentos acreditativos de los méritos alegados por el aspirante.

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documento pdf Bases reguladoras plazas policía local por sistema de movilidad (BOP)
documento pdf Anuncio de 25/02/2019, del Ayuntamiento de Madridejos (Toledo), sobre las bases y convocatoria para la provisión de dos plazas del Cuerpo de Policía Local, por el sistema de movilidad. [2019/2014]
documento pdf Solicitud participación plazas policía local por sistema de movilidad
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Relación definitva de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Valoración del proceso para la provisión de dos plazas de Policía Local, mediante sistema de movilidad

Es objeto de las presentes bases la selección de tres personas para colaborar con el Ayuntamiento de Madridejos de acuerdo al Proyecto “Información y promoción turística y cultural” dentro del Programa Garantía +55 años del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha. El proyecto tiene por objeto colaborar con el Patronato Municipal de Cultura y con las asociaciones culturales del municipio, para labores de apoyo y colaborativas en el Patronato, en el Museo del Azafrán, en las visitas de turistas, etc.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 11 al 22 de febrero (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Quienes deseen participar en el procedimiento de selección convocado deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 52 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar inscritas como personas desempleadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y ser perceptoras del subsidio para mayores de 55 años y no tener una base reguladora mayor a 1.000 euros.

h) Encontrarse inscritas como demandantes de empleo en las ocupaciones siguientes: conserjes, dependientes o auxiliares administrativos.

i) Presentar la carta de presentación facilitada a los/as aspirantes por las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

j) Las mujeres víctimas de la violencia de género, gozarán de prioridad absoluta.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia de la última declaración de renta y patrimonio presentada.

c) Fotocopia del Libro de Familia con determinación del número de miembros de la unidad familiar.

d) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió.

e) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral y contratos de trabajo y/o certificados de empresa. La experiencia en la propia Entidad Local se hará de oficio.

f) En caso de acreditar discapacidad, certificado de la Consejería competente de la Comunidad Autónoma.

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documento pdf Bases reguladoras

Es objeto de las presentes bases la selección un/a profesor/a de Funky y Hip Hop para cubrir las necesidades temporales formativas existentes en la Escuela de Música y Danza de Madridejos.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases le será de aplicación la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: 26 de diciembre hasta el día 10 de enero de 2019 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Quienes deseen participar en el procedimiento de selección convocado deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión del título de cursos específicos relacionados con Funky y Hip hop para impartir la especialidad a la que se aspira. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.

h) Encontrarse inscrito/a como demandantes o mejora de empleo en la ocupación siguiente: Profesor de Funky/Hip hop.

i) Estar en posesión del título de graduado en ESO.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en la base tercera, apartado g) e i).

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que consten las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Informe de Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en el proceso.

d) En caso de querer acreditar méritos laborales, Informe de Vida Laboral.

e) Fotocopia de la inscripción como demandante o mejora de empleo en la Oficina de Empleo.

f) Programación Didáctica de un curso de Enseñanzas Elementales.

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documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y exluidos/as
documento pdf ANUNCIO listado definitivo baremado
documento pdf ANUNCIO resolución del proceso selectivo

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo de peones de servicios múltiples, mediante concurso de las plazas de la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, para cubrir bajas o vacantes en las plazas catalogadas como Peones de Servicios Múltiples, perteneciente al Grupo V, con complemento de destino 13.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 8 de noviembre al 5 de diciembre de 2018 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


1. Las personas contratadas tendrán que tener una edad superior a 16 años, y no podrán exceder de la edad ordinaria reglamentaria de jubilación.

2. Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

3. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado el acceso a la función pública.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local ni hallarse inhabilitado para cargos o empleos públicos por resolución judicial.

5. No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

6. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

7. Poseer, como mínimo, el certificado de escolaridad.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


La solicitud se acompañará de lo siguiente:

Fotocopia del DNI o fotocopia del documento que acredite la identidad.

Fotocopia del certificado de escolaridad o titulación superior.

Copia de los títulos de formación para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará mediante diplomas, títulos o certificados de la entidad que imparte la formación, haciendo referencia inexcusablemente al número de horas, así como los contenidos, fechas de impartición, y emisión, datos de la entidad formadora, identificación de la persona que certifica, homologación del centro y perfeccionamiento realizados, siempre que hayan sido impartidos por administraciones públicas o por promotores incluidos en los acuerdos nacionales de formación continua en las administraciones públicas.

En su caso copia de los contratos. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral. La experiencia en la propia Entidad Local se acreditará mediante la solicitud de servicios prestados que se adjuntará a la solicitud de participación en la Bolsa.

Vida Laboral actualizada.

– En caso de alegar discapacidad, se deberá acreditar por resolución firme de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, reconociendo un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Declaración jurada a los efectos de la base 3.5 y 3.6 No serán tenidos en cuenta todos aquellos méritos alegados que no se justifiquen documentalmente al presentar la solicitud.

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documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Relación provisional de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Listado definitivo baremado
documento pdf Relación de aspirantes propuestos por el Tribunal calificador quedando incluidos/as en la bolsa de trabajo

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo que atienda las necesidades temporales como bajas por enfermedad, bajas de maternidad, vacaciones, sustituciones, días de asuntos propios, etc., y situaciones de interinidad del servicio municipal de Ayuda a Domicilio (SAD) mediante el procedimiento de concurso para cubrir las necesidades urgentes de contratación.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, y en lo no previsto en ellas será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el resto de normativa vigente en la materia.

Las contrataciones quedarán sujetas a la normativa de incompatibilidades prevista para los empleados públicos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Plazo de presentación de solicitudes: del 11 de septiembre al 9 de octubre de 2018 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Las personas aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de
trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse
inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión de la titulación reflejada en el punto 2.5 de la presente convocatoria o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el
plazo para presentar instancias.

Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Así, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento de la contratación.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia de la titulación requerida.

c) Copia de los cursos de formación puntuables, junto con los documentos acreditativos de los mismos. Sólo se valorarán los méritos acreditados. Las
certificaciones de realización de cursos sólo serán valoradas si se acreditan las horas de duración de los mismos y el centro que imparte la formación.

d) Copia de contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral.

e) Vida Laboral actualizada.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

g) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

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PDF Acuerdo Junta de Gobierno Local y Bases reguladoras
PDF Solicitud
PDF Relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos
PDF Relación definitiva de solicitantes admitidos y excluidos
PDF Listado definitivo por orden de baremación
PDF Anuncio constitución bolsa de trabajo

Se convoca concurso para la constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as para las Escuelas Deportivas Municipales, en las especia lidades deportivas de Ajedrez, Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Fútbol, Fútbol Sala, Gimnasias especiales (embarazadas y postparto), Multideporte (actividades de verano), Orientación, Pádel, Patinaje, Predeporte (niños 4-5 años), Tenis, Pilates, Gap, Yoga y Aerobic/Zumba.

La contratación queda supeditada al número de alumnos y alumnas que se establezca en el programa de actividades deportivas, como número mínimo necesario para la organización de la correspondiente escuela deportiva.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 11 de septiembre hasta el 9 de octubre de 2018 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse
inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión, como mínimo, del título de monitor relacionado con la especialidad a la que se opta, o título de Animador/a de Actividades Deportivas en Edad Escolar, o TAFAD, o Diplomatura en Educación Física o Licenciatura o Graduado/a en Ciencias del Deporte expedido por organismos oficiales, Universidades, Federaciones y Colegios Profesionales. En el caso de no poseer ninguna de las titulaciones anteriores, se podrá acceder aportando a dicha convocatoria, 2 temporadas como monitor/a en la especialidad de la plaza a la que se opte. Para las especialidades de Gimnasia de Espalda, Embarazadas, Mayores y Pre-Deporte, se deberá estar en posesión de la formación específica y adecuada que acredite su cualificación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la Administración competente en la materia.

Los/as nacionales de los demás Estados de la Unión, no podrán estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) En su caso, fotocopia del título de monitor de la especialidad deportiva o documentación laboral acreditativa de la experiencia mínima de 2 temporadas
de la especialidad deportiva a la que se opta.

c) En su caso, copia de los títulos de formación o de los contratos para acreditar méritos puntuables según el Anexo I. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto a la Vida Laboral.

d) Vida Laboral actualizada o justificante de la Tesorería General de la Seguridad Social de no haber trabajado en su caso.

e) En caso de alegar discapacidad, se deberá tener reconocida por la Consejería de Sanidad, Bienestar Social u órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en su caso, por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

f) Los certificados de servicios prestados en el Ayuntamiento de Madridejos serán incorporados en el expediente de cada aspirante de oficio por esta administración.

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documento pdf Acuerdo Junta de Gobierno Local y Bases reguladoras
documento pdf Solicitud
documento pdf Relación provisional de solicitantes admitidos/as y excluidos/as
documento pdf Relación definitiva de solicitantes admitidos/as y excluidos/as
documento pdf ANUNCIO tribunal calificador (baremación de méritos)
documento pdf EDICTO: Aprobación de la relación de aspirantes propuestos por el tribunal calificador

Es objeto de la presente convocatoria la apertura del plazo para presentar proyectos docentes para el período 2018/2019 para la Universidad Popular de Madridejos, para desarrollar los cursos, talleres y monográficos, que se llevarán a cabo siempre y cuando haya un mínimo de participantes que acuerde el Ayuntamiento de Madridejos y la Universidad Popular, salvo que razones de interés público y social, aconsejen otra cosa.

La duración del contrato se extenderá desde el inicio de las actividades de la Universidad Popular hasta la finalización de los correspondientes cursos, siendo la jornada a tiempo parcial (según la programación de los proyectos docentes de la Universidad Popular).

La fecha y los horarios concretos en los que se impartirá cada materia serán comunicados por la Concejalía de Educación y Cultura, a través de la Coordinadora de la Universidad Popular en el momento que sean fijados de acuerdo con las necesidades del servicio público.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el resto de la normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 12 de julio al 1 de agosto de 2018 (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

b) Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad e incapacidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, la titulación señalada en la solicitud de participación del proceso.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


la instancia, se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Currículum Vitae.

c) Proyecto del curso, según el modelo establecido en el Anexo II.

Cada solicitante podrá presentar uno o más proyectos por solicitud.

Descargas


documento pdf BASES REGULADORAS
documento pdf Anexo I – MODELO DE SOLICITUD DE PROYECTOS PARA EL CURSO 2018/2019 DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS
documento pdf Anexo II – MODELO DE PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS
documento pdf Relación definitiva solicitantes admitidos/as y excluidos/as (presentación de proyectos)
documento pdf ANUNCIO – Proyectos calificados como APTOS
documento pdf ANUNCIO – RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS DOCENTES PARA CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MADRIDEJOS. CURSO 2018/2019

Es objeto de la presente convocatoria la selección junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de Empleo de 46 trabajadores para llevar a cabo los siguientes proyectos:

– 46 trabajadores para llevar a cabo el Proyecto “Infraestructuras viarias y de mantenimiento para instalaciones de servicios públicos” (46 peones).

Del Plan Regional de Empleo y Garantía de Rentas de Castilla-La Mancha (2018-2020), cofinanciado mediante el Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo 2014-2020, por la que se publican las presentes bases de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 25 de abril de 2018, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM número 82, de 27 de abril de 2018).


Plazo de presentación de solicitudes: del 27 de junio al 6 de julio de 2018 (ambos inclusive).


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos a la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancias:

1. Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener conocimiento de la lengua castellana.

2. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Haber cumplido los 16 años y no haber alcanzado la edad forzosa de jubilación.

4. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

6. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

7. En ningún caso, podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.

8. Estar inscritos/as en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/as que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

     a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta, que hayan permanecido inscritos al menos 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha y que, en el momento de la contratación, estén desarrollando o hayan desarrollado un itinerario personalizado, siempre que pertenezcan a alguno de estos grupos:

     1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
2º. Demandantes de empleo, no ocupados, menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.
3º. Demandantes de empleo, no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
4º. Demandantes de empleo, no ocupados, que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.

     b) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de la violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación. Se reserva para este colectivo un mínimo del 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de mujeres para alcanzar dicho porcentaje o la entidad no fuera beneficiaria de un número de contratos suficiente para aplicar dicho porcentaje, en cuyo caso, las mujeres integrantes de este colectivo tendrán preferencia, si tienen el perfil del puesto de trabajo a cubrir, con arreglo a la oferta de empleo presentada por el Ayuntamiento.

9. Se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados, para personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a la contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha. La Consejería competente en materia de asuntos sociales comunicará a la Dirección Provincial correspondiente en materia de empleo, la relación de estas personas y ésta, la remitirá al Ayuntamiento, con objeto de proceder a su contratación. Las plazas no utilizadas en esta reserva serán ocupadas por las personas que cumplan los requisitos del apartado 1º.

10. No obstante, las priorizaciones establecidas anteriormente, podrán participar otras personas inscritas en la oficina de empleo de referencia, como demandantes de empleo no ocupadas, siempre que en el ámbito territorial de actuación no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en párrafos anteriores.

Documentación a presentar, si la persona está incluida en la lista propuesta provisional de contratación (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Si la persona interesada está incluida en la lista propuesta provisional de contratación, la Comisión de Selección le requerirá la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI.

Fotocopia del Libro de Familia.

En caso de discapacidad, certificado del órgano competente en el que se acredite la circunstancia y su porcentaje.

Certificado del órgano competente que acredite la prestación, subsidio o pensión de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no percibirse ninguno, el certificado deberá reflejar dicha situación.

Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2017 y Patrimonio 2017 de todos los miembros de la unidad familiar.

Contrato de alquiler o recibos de hipoteca, en su caso, para descontar su importe y determinar las rentas netas de la unidad familiar.

En caso de haber discordancia entre los datos expuestos en la solicitud, y los datos aportados en la documentación requerida, la persona aspirante quedará automáticamente excluida del proceso, sin que quepa recurso alguno, salvo que hubiese sido un error aritmético, pasando a contratarse al inmediatamente siguiente en el listado baremado.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras Plan de Empleo
documento pdf Solicitud Plan de Empleo
documento pdf Listado provisional de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo
documento pdf Listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo
documento pdf ANUNCIO listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as en el Plan de Empleo una vez realizadas las reclamaciones oportunas

Plan empleo extraordinario

La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje 1 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” en un porcentaje máximo del 80% sobre los costes totales de la misma

Se convoca concurso-oposición para la constitución de una bolsa de trabajo de educadores/as para las vacantes, bajas, interinidades, excedencias, reducciones, y necesidades temporales del Ayuntamiento en general, que puedan surgir en la plantilla y en el personal indefinido adscrito a la Escuela Infantil y a la Aula de Ocio Infantil dependientes de este Ayuntamiento.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y en lo no previsto en estas bases les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en lo que conserve su vigencia y resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, y el resto de normativa vigente en la materia.


Plazo de presentación de solicitudes: del 17 de abril al 7 de mayo (ambos inclusive)


Requisitos (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


Quienes deseen participar en el procedimiento de selección convocado deberán cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo tener perfecto conocimiento de la lengua castellana.

b) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad establecida con carácter general para la jubilación.

d) Tener la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. No padecer enfermedad, no estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de sus funciones inherentes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.

g) Estar en posesión del título de Técnico Superior en Educación Infantil y/o Maestro/a en Educación Infantil, o en condiciones de obtenerlo al término del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación español.

h) No tener condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

Documentación a presentar (se recomienda leer cuidadosamente las bases)


A la instancia se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título exigido en el artículo 3 g).

c) Copia de los títulos de formación homologados o de los contratos para acreditar méritos puntuables en la convocatoria. La formación se acreditará con la fotocopia de los títulos correspondientes en los que conste las horas de duración del curso y el centro que lo impartió. La experiencia se acreditará mediante contratos de trabajo y/o certificados de empresa junto al Certificado de Vida Laboral.

d) Vida Laboral actualizada.

e) En caso de acreditar discapacidad de un grado igual o superior al 33% siempre que sea compatible con el desempeño de las funciones y tareas correspondientes al puesto de trabajo, certificado de la Consejería competente de la Comunidad Autónoma.

f) Tanto los certificados de servicios prestados y voluntariado en este Ayuntamiento serán incorporados de oficio por esta Administración al expediente de cada persona aspirante.

g) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales o del Registro Central de Antecedentes penales.

Descargas


documento pdf Bases reguladoras
documento pdf Solicitud de admisión
documento pdf Temario
documento pdf Relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos
documento pdf Relación definitiva de solicitantes admitidos y excluidos
documento pdf Exámen para bolsa de trabajo
documento pdf Plantilla correctora exámen
documento pdf ANUNCIO: resultados de la prueba obligatoria y eliminatoria
documento pdf ANUNCIO: baremación de méritos y calificación final
documento pdf Relación de aspirantes propuestos por el Tribunal calificador